Imprimir

Código Fiscal y Presupuestario Artículo 274 ter 3 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Fiscal y Presupuestario Puebla
Artículo 274 ter 3.

La base gravable de este derecho es el tiempo de ocupación específica que se haga de los cajones de estacionamiento en las zonas autorizadas de la vía pública o lugares públicos, de acuerdo con la tarifa que se disponga en la Ley de Ingresos o en el dictamen de cabildo que corresponda; los medios de verificación de dichas circunstancias se establecerá en el titulo relativo del Código Reglamentario del Municipio de Puebla.

Para los particulares prestadores del servicio de recepción, guarda, custodia, protección y devolución de vehículos automotores en los lugares autorizados, la base gravable de este derecho serán las cantidades captadas al día por cada cajón de estacionamiento disponible para la prestación del servicio en los lugares autorizados, conforme a las tasas y tarifas que se especifiquen en la Ley de Ingresos.

La obtención de licencias que autoricen la prestación del servicio de estacionamiento, recepción custodia, protección y devolución de vehículos automotores, así como su regulación, se realizara en términos de lo dispuesto en el Capítulo 24 denominado ESTACIONAMIENTOS, del Título Único, del Libro Cuarto del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla.



Estado de Puebla Artículo 274 ter 3 Código Fiscal y Presupuestario
Artículo 1 ...274 ter 1 274 ter 2 274 ter 3 274 ter 4 274 quater ...462

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse